LIC. MARIA GUADALUPE MURGUIA GUTIERREZ
DIRECTORA GENERAL DEL COLEGIO
DE BACHILLERES
P R E S E N T E .
ASUNTO: PROPUESTA DE AGENDA
ACADÉMICA DEL SINTCB.
En nuestro carácter de Secretarios y Adjuntos del Comité Ejecutivo Nacional, del Sindicato Independiente Nacional de Trabajadores del Colegio de Bachilleres (SINTCB), comparecemos ante Usted para exponer la problemática que se presenta en la institución a partir de agosto del 2009 derivada de la RIEMS: y la modificación al Plan y Programas de Estudio, el ingreso anual, que afecta derechos adquiridos de los trabajadores académicos y además reduce la posibilidad de obtener otros contemplados en el Contrato Colectivo de Trabajo, y con ello puedan mejorar su situación laboral, académica, salarial y prestaciones.
La falta de certeza en su situación laboral genera preocupación a la mayoría del personal académico de la Institución. Los convenios del 2007-2008 así como las modificaciones que se hicieron en 2009 al Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), para hacer transparentes y equitativos los procesos de incremento de horas, promoción, estímulos y respeto a sus derechos específicos, han sido insuficientes o de nula aplicación.
En el más reciente proceso de revisión salarial de los trabajadores académicos (enero y febrero del año en curso), incluimos la demanda de solución a los problemas arriba señalados, por la amplitud y gravedad de los mismos y que son de afectación generalizada y convenimos en la mesa de negociación en la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STyPS), ante los Funcionarios Conciliadores de esta dependencia, la conformación de una Comisión del Colegio y del Sindicato para exponer, analizar y encontrar soluciones que restituyan certeza y claridad para los docentes así como a el respeto a sus derechos que marca el CCT y La Ley Federal del Trabajo (LFT).
Presentamos a continuación nuestra propuesta de Agenda para el desarrollo de los trabajos de esta Comisión:
1. Estabilidad laboral
Nos referimos al derecho fundamental que marca el Artículo 123 Constitucional.
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley.
El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes, deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:
A. Entre los obreros, jornaleros, empleados, domésticos, artesanos y, de una manera general, todo contrato de trabajo;
La cita anterior tiene por objeto respaldar la posición del Sindicato en el sentido de que los profesores sean definitivos o no definitivos tienen derechos. En el primer caso corresponde la inamovilidad laboral y promoción académica, y prestaciones superiores y permanentes ( LFT y relativas del CCT). En el segundo caso a solo ser removidos de su empleo por las causas específicas y concretas que marca la Ley (Artículo 39), el CCT claúsula 70, a obtener su definitividad y a las prestaciones que les corresponda.
De manera generalizada, en todos los planteles, de agosto de 2009 a la fecha se ha mencionado por autoridades de diversos niveles (Dirección General, Direcciones de plantel, Subdirecciones y Jefaturas) que como consecuencia de los cambios a los maestros con definitividad cuyas asignaturas se modificaron o modificarán no les queda otra más que ajustarse a las nuevas reglas, quieran o no. A los que ingresaron a la par con los cambios deben también ajustarse a lo antes señalado, además que ya no van a tener definitividad ni estabilidad laboral.
1.1 Conservar grupos.- de manera unilateral sin considerar la opinión de los docentes, ni del Sindicato y contraviniendo el CCT, el Colegio determino y comunico a los trabajadores académicos que ya no eran dueños de grupos. Hemos manifestamos nuestro desacuerdo con ello, porque además es contradictorio a la realidad.
1.2 Incremento de horas.- Con el argumento arriba, se obstaculizó que los trabajadores docentes con definitividad y antigüedad considerable incrementaran su carga horaria (Cláusula 80 CCT). Además de manera generalizada se dejó de comunicar grupos y horarios, ilegalmente se crearon “Lineamientos Especiales” para ese efecto, que contravienen a la Ley y al CCT. Otro aspecto que trastoca el derecho de los maestros a incrementar las horas son las llamadas horas por Actividad Académica que se generaron por: disminución de la carga horaria de asignaturas , vacantes por jubilaciones, renuncias, licencias, licencias médicas, todas estas horas no han sido comunicadas contraviniendo el derecho de los maestros y disminuyendo la materia de trabajo.
Otro problema que nos preocupa y es causa de inconformidad es la designación de las llamadas Horas Autoplaneadas, ya que los directores de plantel han dispuesto de estas de manera unilateral y arbitraria, esto es, sin comunicarlas a los profesores y en consecuencia les correspondan a los profesores con mayores méritos académicos y laborales.
1.3 Horarios.- Contraviniendo la Ley, el CCT y los Convenios de 2007, 2008 y 2009 así como las manifestaciones contenidas en éstos, que precisan que no serán modificados las funciones ni los horarios de los maestros sin su consentimiento expreso (Cláusulas 17, 55 Fracción V), de manera generalizada y sistemática si se ha modificado unilateral y arbitrariamente el horario de trabajadores académicos con asignaturas del Plan anterior y el nuevo. Igual sin consentimiento del profesor se les imponen horas de Actividades Académicas y con esta acción se pretende imponer una función diferente para la que el profesor se contrató docencia frente a grupo.
1.4 Grupos que aparecen un semestre y desaparecen en otro.- El cambio de Plan de Estudios y del Ingreso Anual entre otras afectaciones es causa de molestia, ya que paralelamente a la desaparición de asignaturas y la incorporación de otras, los profesores que tenían su carga horaria o la mayoría de esta en asignaturas de un semestre en específico, al siguiente disminuye su labor frente a grupo, dándose casos en que prácticamente no se ejercen horas frente a grupo. La indicación unilateral señalando que los maestros no son titulares de grupos, sino solo de horas, a permitido a las autoridades del plantel modificaciones en la situación laboral académica y de horarios de los docentes sin considerar su opinión o aceptación, es contradictoria la indicación arriba señalada por lo que creemos debe reasignársele al maestro horario, asignatura y grupo.
1.5 Permanencia de la materia de trabajo.- La aprobación por el Colegio del nuevo Plan de Estudios con autorización de las Autoridades Educativas debe ser analizado en este espacio que nos proponemos, consideramos que hay aspectos que pueden y deben mejorarse, implementarse e incluso recuperar del Plan de Estudios anterior como es el caso de la carga horaria de algunas asignaturas por ejemplo Matemáticas, Filosofía, Historia y Bilogía; etc.. La RIEMS en otros Colegios de Bachilleres del país incrementó cargas horarias; Por otra parte el Sindicato desconoce de qué manera serán reubicados los profesores cuyas asignaturas quedaron fuera del nuevo Plan de Estudios El número de profesores afectados es considerable y lo menos que puede solicitarse es que a los interesados.se les de a conocer como será su reubicación,
También en reuniones previas el Secretario General ha señalado que a los profesores que cubran materias del nuevo Plan de Estudios se les debe de reconocer su nombramiento en estas horas, asignaturas y grupos por tiempo indeterminado.
2. Transparencia y equidad laboral
2.1 Grupos vacantes por renuncias y jubilaciones.- En los planteles se ha dejado de comunicar horas y grupos vacantes que son estructura, materia de trabajo de la Institución y que se generan por renuncias y jubilaciones, más específico cuando un profesor por el cambio de carga horaria del nuevo Plan de Estudios sus horas contratadas se convierten en horas frente a grupo y Actividad Académica (sin su consentimiento) y, posteriormente renuncia, se pensiona y/o jubila las horas de Actividad Académica de manera generalizada no se comunica; no hay transparencia en si esas horas salen del presupuesto de la Institución ó contrariamente quedan a disposición o manejo discrecional de los directivos de plantel.
Por lo anterior solicitamos publicar en tiempo y forma las horas y grupos que se generen en planteles por renuncias y/o jubilaciones, para dar seguimiento a la designación de estas y conocer el status en que se comunican, atendiendo lo que señala el Contrato y los Lineamientos para designación de horas.
2.2 Licencias Personales, Sindicales, Médicas, Especiales.
Situación similar a la del punto anterior es las horas de Actividad Académica que se generan cuando un profesor solicita licencia por los motivos diversos y establecidos en el CCT. Por ello queremos se publiquen estas horas, porque son interés legítimo de los profesores incrementar sus horas aunque sea de manera temporal ya que así mejoran sus ingresos y además lo establece el CCT y los Lineamientos.
2.3 Banco de horas.
A esta fecha no tenemos respuesta a la solicitud (11/02/2011) que hizo el Comité Ejecutivo a para que nos den a conocer el banco de horas y pronóstico de grupos por plantel, turno, asignatura; así como la plantilla de profesores por categoría, carácter de su contratación, además de lo anterior el número de Horas Autoplaneadas por plantel y de las llamadas horas para asistentes, (figura no contemplada en el tabulador académico y designada en planteles de manera unilateral e irregular por los directores).
3. Promociones
Hasta Agosto del 2010 en el Colegio se contaba con un proceso de promoción dinámico y universal esto es, cada semestre se publicaba una convocatoria para promoción a todas las categorías del tabulador académico. Los requisitos que contenía esta convocatoria fueron discutidos durante varios años por el Colegio y el Sindicato, en el año de 1999 se incorporó derivado de ello una cláusula en el CCT (Clausula 89). También fue motivo de acuerdo de las partes dar certeza transparencia e imparcialidad a los procesos de calificación y dictamen de promoción; se crearon COMISIONES DICTAMINADORAS, esto fue publicado en la gaceta del Colegio____. Debe señalarse que para llegar a estos acuerdos fue necesario poner por encima la voluntad de las partes y lograr el objetivo: “Que los profesores tuvieran las mejores condiciones para su derecho a la promoción y con ello que el Colegio tuviera una mejor plantilla docente y más remunerada se pospuso la discusión de nuestro desacuerdo con el anterior Reglamento de Promoción Académica (RPA)”.
La imposición en Abril de 2010 del Estatuto del Personal Académico (EPA), con el desacuerdo del Sindicato, y la inconformidad de los docentes, hecho para abajo los alcances señalados en el párrafo anterior y, además, elimino los criterios de: equidad, transparencia, imparcialidad; aumenta requisitos, diplomado, certificación; periocidad de las convocatorias.
Lo menos que se puede hacer es retomar aquellos acuerdos que se traducían en credibilidad y mayor certeza de los docentes en los asuntos de su interés.
3.1 Estímulos.
Para dar mayor garantía a los trabajadores académicos de imparcialidad, equidad, y transparencia que se destacan por su calidad, dedicación, actualización y superación académica y desempeño se acordó con el Sindicato el establecimiento de las COMISIONES DICTAMINADORAS para la calificación y dictamen de los docentes que participan en el concurso de Estímulos Económicos. Los requisitos y criterios también fueron acordados posponiendo posiciones antagónicas Colegio-Sindicato.
El Estatuto del personal académico (EPA) eliminó estas garantías y aumentó criterios y requisitos lo que ha generado no sólo el desacuerdo del Sindicato sino también la inconformidad y desaprobación por parte de los trabajadores académicos.
3.2 Superación Académica.
La RIEMS y el cambio de Plan de Estudios tuvieron como consecuencia que el Colegio abandonara los procesos de Formación, Actualización y Superación Académica propios para adecuarse exclusivamente al PROFORDEMS: Diplomados y Especialidades en Competencias Docentes, los cuáles desde nuestro punto de vista no cubren los tres aspectos arriba señalados.
Se da el caso de profesores que hicieron Diplomado en el 2009 y desde entonces no han recibido curso alguno; profesores que hicieron Especialidad en 2009 tampoco han recibido curso alguno, simplemente porque no los hay. Consideramos que esto repercute y repercutirá en la calidad de los profesores.
4. Nombramientos
4.1 Formato de propuesta académica.
Este documento que es previo a la firma de un nombramiento, es el causante de lo más preocupante y molesto para el Sindicato y los trabajadores académicos ( falta de pago, interrupción de pago), en él se asientan datos incorrectos, por ejemplo, si las horas eran vacantes publicadas en comunicado normal, sin dueño, se asienta que son a tiempo determinado; si son del nuevo Plan de Estudios también se asienta que son a tiempo determinado, dando como resultado que al semestre que sigue se le interrumpa su pago a los maestros y se realice el mismo, en el mejor de los casos siete quincenas ya iniciado el semestre.
Si el motivo del formato de propuesta era incremento de horas no se asienta bien el dato por la causa arriba señalada por lo que no próspera, resulta ilegal, derivando en que el nombramiento que corresponde a este formato propuesta, (que se entregan hasta un año después) contienen datos erróneos de la forma de contratación del profesor. Además se limitan otros derechos a los que el docente puede aspirar.
5. Manual de funciones y planes y programas de estudio. Otro de los puntos que queremos analizar con el Colegio y llegar a acuerdos es el relativo a los perfiles profesionales, funciones docentes y los Planes y Programas de Estudio como lo señalamos párrafos arriba.
Con el presente documento damos cumplimiento al acuerdo que tomamos con los representantes que Usted designo a la reunión del pasado 29 de marzo del 2011.
Esperamos que a la mayor brevedad posible establezcamos las fechas para tratar estos puntos, que el resultado sea en beneficio de la Institución y de los trabajadores docentes cuyo representante legal y legítimo es el SINTCB. Todas las mejoras en las condiciones laborales, académicas, profesionales ponderando los criterios de imparcialidad, transparencia y equidad repercutirán en la superación académica de nuestros estudiantes y su incorporación a nivel superior y el mundo laboral.
Queremos también recuperar el prestigio del Colegio de Bachilleres.
Sin otro particular le reiteramos nuestras más amplias consideraciones.
A T E N T A M E N T E
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
AARON URZUA SANCHEZ
SECRETARIO GENERAL DEL SINTCB
PROFR. EDUARDO JOSE GARCIA PROFR.JAVIER ALVARADO ZAVALA
SRIO. INV. Y ANALISIS DE LA EDUC. SRIO. ACADEMICO LABORAL
PROFRA. MARISELA RAYÓN RIOS PROFRA.EDITH RAMIREZ HERNANDEZ
SRIA. ADJUNTA SRIA. ADJUNTA


